8 de enero de 2016

En la Disposición Adicional Decimocuarta de la Ley 1/2015, de 21 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2016 se recoge que el permiso de las funcionarias en estado de gestación regulado en el texto refundido de la Ley del Estatuto del Empleado Público será de aplicación a partir de la entrada en vigor de esta Ley (1 de enero de 2016).

Por tanto, el permiso retribuido podrá iniciarse a partir del día primero de la semana 37 de embarazo, hasta la fecha del parto.  En el supuesto de gestación múltiple, este permiso podrá iniciarse el primer día de la semana 35 de embarazo, hasta la fecha del parto.

Esto es de especial importancia para aquellas trabajadoras cuyos puestos de trabajo figuran en los listados de puestos exentos de riesgo específico en el embarazo y no puedan solicitar la prestación por riesgo en el embarazo.

Para acceder a la Ley 1/2015, pulsar aquí.

Para acceder al texto del EBEP, pulsar aquí.

Fuente: www.juntadeandalucia.es/boja/ y www.boe.es